El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el 29 de abril de 2026 el Real Decreto-ley 10/2026, que incluye la exención fiscal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las indemnizaciones recibidas por víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia Católica española.
Esta medida, aprobada el 28 de abril en Consejo de Ministros, garantiza que las víctimas reciban el total de la compensación económica sin que Hacienda se quede con una parte.
Claves principales de la medida:
- Exención Total: Las víctimas no tributarán por IRPF en las compensaciones recibidas, equiparándolas a otras indemnizaciones por responsabilidad civil o a las de víctimas del terrorismo.
- Alcance: Afecta tanto a las indemnizaciones del nuevo sistema de reparación mixto pactado con el Gobierno, como a las reparaciones propias ya existentes dentro de la Iglesia (como el plan PRIVA).
- Retroactividad: La medida se aplica de manera retroactiva para las víctimas que ya hayan recibido compensaciones.
- Fundamento: Se añade una nueva disposición adicional (sexagésima tercera) a la Ley del IRPF (LIRPF) para asegurar la exención.
Esta acción cumple con el acuerdo entre el Gobierno y la Conferencia Episcopal para la reparación de las víctimas de abusos.
Recordaros que desde ACASI informamos a las víctimas de ASI en el ámbito de la Iglesia Católica sobre la tramitación de las solicitudes de reparación… ponte en contacto con nosotros!.